Determinamos si su actividad está alcanzada por la Ley 155-17 y sus normas sectoriales, diseñamos el programa de cumplimiento a la medida del riesgo real de su operación y capacitamos a su personal.
Podemos actuar además como oficial de cumplimiento externo o acompañar al suyo.
Ley 155-17KYCUAFEntre las actividades no financieras alcanzadas están: agentes inmobiliarios y constructoras que venden inmuebles, comerciantes de vehículos, joyeros y comerciantes de metales preciosos, casinos y juegos de azar, abogados, notarios y contadores cuando realizan ciertas operaciones por cuenta de clientes, y empresas de zonas francas y fideicomisos. Si tiene dudas, el diagnóstico inicial es gratuito.
La ley prevé sanciones administrativas (multas elevadas, suspensión de licencias) y responsabilidad penal para la empresa y sus administradores.
Al menos una vez al año, con constancia. Lo incluimos en el programa.
La primera consulta no tiene costo. Cuéntenos su situación y le respondemos con una propuesta clara.